Decálogo para una publicidad en valores

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Nadie puede escapar a la influencia de la publicidad.
Papa Pablo VI, 1977.

1. La publicidad es un don y un bien, y, como todos los dones y todos los bienes es, asimismo, un servicio. Es, en efecto, un instrumento, un medio, al servicio del progreso, de la libertad, de la solidaridad y de la plena intercomunicación.
2. La publicidad es un medio. No es un fin en sí misma. De ahí que el fin tampoco justifica en este caso ni el medio ni los medios. En la publicidad no debe existir el todo vale. Esta praxis sería una desviación ética.
3. La publicidad tiene su propio género literario, sus propias técnicas y códigos. Se ha de respetar y fomentar la creatividad publicitaria. Pero sus límites son, como en toda realidad y acción humanas, los que marcan la ley natural, las mismas leyes positivas legisladas al respecto y los principios éticos.
4. La publicidad debe conocer, respetar y basarse en una correcta y adecuada antropología, que no anteponga nunca el tener al ser. ser. Lo contrario es siempre alienante e injusto. Una publicidad que llamase sólo al consumo por el consumo, que presentase una sociedad sólo del disfrute personal, hedonista y egoístico, que ahondase en la fractura entre ricos y pobres, que, directa o indirectamente, despreciara o marginara a los colectivos más desfavorecidos, sería una publicidad sólo del tener. Sería una publicidad manca, antropológicamente.
5. La publicidad debe respetar y fomentar la dignidad de la persona humana y de sus derechos. La publicidad debe, de este modo, contribuir al crecimiento integral de la persona, a su mayor y mejor uso y discernimiento de su libertad y de la libertad de todos, que no contribuya a cualquier manifestación, por pequeña que sea, de la explotación del hombre por el hombre.
6. La publicidad debe huir de cualquier manipulación sexista, defendiendo la igualdad entre el hombre y la mujer. Asimismo, la publicidad no puede nunca estar ribeteada de toques, por ligeros y tímidos que sean, de exaltación de componentes de raza, de estética o de imagen. La publicidad debe garantizar la imprescindible tutela de los derechos de los niños, de los ancianos, de los discapacitados, de los pobres, de los inmigrantes, de los enfermos, de cualquier persona o grupo social menos favorecido, en cualquier manifestación de la vida y de la existencia humanas.
7. La publicidad no debe anteponer jamás en la persona humana su dimensión corporal y física a la espiritual e intelectual. Este principio debe ser también sagrado en publicidad. La exaltación del cuerpo por el cuerpo, del sexo por el sexo, como reclamo publicitario es el camino erróneo en la defensa y promoción de estos ideales.
8. La veracidad en la publicidad debe ser un principio categórico e inexcusable. La verdad no se contradice con la libertad. Verdad y libertad son inseparables. La verdad nos hace libres.
9. La publicidad es un bien y servicio públicos. Tanto más fiel será a ésta su identidad y misión cuando se acerque y cumpla las responsabilidades sociales que conlleva, como son el auténtico e íntegro desarrollo de la persona y de la sociedad. La publicidad es un servicio público. 
10. La publicidad en valores y en ética es, pues, aquella que, desde su propio lenguaje y técnicas y desde su creatividad, promueva, garantice y respete valores como la entera dignidad de la persona humana –de toda persona humana–, el servicio a la solidaridad, el respeto a la verdad, y defensa y fomento de la tolerancia, la paz, la comprensión, la reconciliación, la salud, la educación, la libertad, el descanso, la naturaleza, la familia y los valores patrios y religiosos.

(Preparado por el director de la Oficina de Información de la Conferencia Episcopal Española)